Más proyectos de ley contra la negociación colectiva mañana en la Subcomisión de la Cámara de Representantes
31 de enero de 2022
31 de enero de 2022
Hoy, el Comité de Comercio y Trabajo del Senado ha aprobado por 12 votos a favor y 3 en contra dos proyectos de ley contra la negociación colectiva. Un proyecto de ley, SB374, patrocinado por Mark Obenshain, habría derogado la Ley de Negociación Colectiva Permisiva de Virginia. El otro proyecto de ley, SB721, habría establecido cargas innecesarias e indebidas para las localidades y los empleados, al exigir a los empleados que reconfirmen el pago de sus cuotas a su sindicato o asociación profesional cada año. La VEA testificó en oposición a ambos proyectos de ley.
Esta mañana en el Subcomité de Finanzas de la Cámara 1, los republicanos de la Cámara revivió un proyecto de ley que había sido previamente retirado de la consideración y rápidamente aprobado sin discusión (HB103). El proyecto de ley da una deducción fiscal adicional a los educadores y los padres que optan por renunciar a la educación pública y la educación en casa de sus hijos. Mientras que la VEA se opuso a esta legislación sobre la base de que debemos centrar nuestra financiación en los empleados de la escuela pública, estábamos planeando apoyar un proyecto de ley (HB846) que sólo habría proporcionado la deducción fiscal para los educadores. El presidente republicano del comité no permitió que la HB846 fuera escuchada porque la consideraba demasiado cercana en lenguaje a la HB103. Esta táctica, de privar al proyecto de ley de una audiencia para una votación fue desafortunada, pero una maniobra de procedimiento legal para evadir el proceso democrático en el Subcomité de la Cámara. VEA se opondrá a HB103, ya que se mueve a la Cámara de Finanzas del comité completo para una audiencia.
En resumen, ¡negociar contratos es mejor para todos! Si nos tomamos en serio el futuro de todos los niños, tomémonos en serio lo que funciona. Dar a los educadores el derecho a negociar sus contratos beneficia a nuestros alumnos. Cuando las personas que conocen los nombres de nuestros estudiantes se sientan a la mesa, pueden ocurrir grandes cosas. Los contratos negociados por los educadores ofrecen a los distritos escolares la libertad de abordar de frente los retos locales de cada centro. En 2020, se lograron avances para permitir que las localidades, incluidas las juntas escolares, reconozcan a cualquier sindicato u otra asociación de empleados como agente de negociación de cualquier funcionario o empleado público o para negociar colectivamente o celebrar cualquier contrato de negociación colectiva con cualquier sindicato o asociación o sus agentes. Los siguientes proyectos de ley anularían estas protecciones.
HB336 - Freitas; VEA SE OPONE. Este proyecto de ley establece que, en una localidad que ha autorizado la negociación colectiva por ordenanza o resolución, un representante de negociación debe ser seleccionado para cada unidad de negociación colectiva determinado como apropiado por el órgano de gobierno de la localidad. El proyecto de ley establece que para que un representante de la negociación sea certificado como representante exclusivo, al menos el 51% de los empleados públicos de una unidad de negociación colectiva deben votar a favor de la certificación del representante de la negociación a través de una elección secreta realizada por el órgano de gobierno de la localidad. Los representantes negociadores preexistentes también deben ser certificados por el voto del 51% de la unidad de negociación colectiva afectada. NLRB
HB337 - Freitas; VEA SE OPONE. Este proyecto de ley prohíbe a cualquier empleador de empleados públicos autorizados a participar en la negociación colectiva de celebrar un acuerdo de negociación colectiva para compensar a cualquier empleado público o de terceros para las actividades de una organización de empleados o sindicato. Además, si las actividades de un sindicato infringen el tiempo y los recursos de un empleador, el sindicato debe compensar al empleador a una tasa de valor justo de mercado. El proyecto de ley prevé la aplicación por el Fiscal General y crea una causa de acción para los empleados públicos para remediar posibles violaciones. Las disposiciones del proyecto de ley prevalecen sobre las leyes y reglamentos locales incoherentes.
HB341 - Freitas; VEA SE OPONE. Este proyecto de ley requiere el consentimiento de los empleados públicos autorizados a participar en la negociación colectiva antes de que las cuotas sindicales o de asociaciones de empleados se deduzcan de la paga de los empleados directamente por sus empleadores. El proyecto de ley permite a los empleados públicos dejar de pagar las cuotas sindicales o de asociaciones de empleados en cualquier momento y da a los empleados públicos una oportunidad anual para reconfirmar que quieren seguir siendo miembros del sindicato o asociación de empleados y pagar dichas cuotas. El proyecto de ley establece que si un empleado no reconfirma entonces la deducción de cuotas debe cesar. Proyecto de ley SB374.
HB790 - LaRock; VEA SE OPONE. Este proyecto de ley prohíbe que un condado, ciudad o pueblo celebre un contrato de negociación colectiva con un sindicato u otra asociación de empleados que represente a los agentes del orden o a los empleados de una agencia del orden que (i) impida que el Fiscal General busque una reparación equitativa contra una agencia del orden que participe en un patrón o práctica de mala conducta inconstitucional; (ii) incluya cualquier estipulación que retrase las entrevistas o interrogatorios de los agentes después de una presunta infracción durante un período de tiempo determinado; (iii) proporcione a los agentes acceso a las pruebas antes de las entrevistas o interrogatorios sobre presuntas infracciones; (v) prohíba el interrogatorio, la investigación o la sanción de funcionarios por presuntas infracciones si ha transcurrido un periodo de tiempo determinado desde su presunta comisión o desde el inicio de la investigación; (vi) prohíbe a los supervisores interrogar, investigar o sancionar a los agentes sobre la base de denuncias anónimas de civiles; o (vii) exige el arbitraje de los litigios relacionados con sanciones disciplinarias o despidos.
HB883 - Byron; VEA SE OPONE. Deroga ciertas disposiciones del Código que (i) requieren que los contratistas y subcontratistas bajo cualquier contrato público con una agencia estatal o ciertas localidades a pagar la tasa de salario prevaleciente; (ii) autorizar a cualquier organismo público, cuando se dedican a la adquisición de productos o servicios o la concesión de contratos para la construcción, fabricación, mantenimiento u operación de obras públicas, para exigir a los licitadores a entrar en o se adhieren a los acuerdos laborales del proyecto en los proyectos de obras públicas; y (iii) autorizar a una localidad a reconocer cualquier sindicato u otra asociación de empleados como agente de negociación de cualquier funcionario o empleado público o para negociar colectivamente o celebrar cualquier contrato de negociación colectiva con cualquier sindicato o asociación o sus agentes. Proyecto de ley SB721.
HB 652 Wampler; VEA APOYA. Este proyecto de ley requiere que la Comisión de Empleo de Virginia proporcione a los reclamantes una notificación y la oportunidad de presentar pruebas antes de suspender los beneficios a los que un reclamante tenía derecho anteriormente. El proyecto de ley renuncia a la obligación de reembolsar las sanciones asociadas con el pago en exceso para los solicitantes que se adjudicaron asistencia estatal por desempleo pandemia entre el 12 de marzo de 2020, y 1 de septiembre de 2020. El proyecto de ley ordena a la Comisión para llevar a cabo una comprobación de encarcelamiento y de identificación de empleo antes de la concesión de beneficios a cualquier individuo. El proyecto de ley contiene una cláusula de emergencia.
Además de la reunión de la Cámara de Comercio y Trabajo, la Cámara K-12 Subcomité se reunirá dos veces mañana. La primera reunión es a las 7:30 a.m. y la segunda reunión a las 5:00 p.m. Echa un vistazo a la programación de abajo y las posiciones de proyecto de ley VEA.
HB89 - Walker. VEA SE OPONE. Conducta desordenada en lugares públicos; elimina la disposición relativa a los estudiantes de primaria y secundaria. Resumen: Conducta desordenada en lugares públicos.
HB535 - Clark; VEA APOYA. Requiere que los maestros de escuelas públicas sean compensados a una tasa que esté en o por encima de la media nacional. Bajo la ley actual, la compensación a una tasa de este tipo es una aspiración. El proyecto de ley requiere que la financiación estatal que se proporcionará de conformidad con la ley de asignación general en una suma suficiente para financiar un aumento anual del 4,5 por ciento para los salarios de los maestros de escuelas públicas, a partir del año escolar 2023-24 a través de la 2027-28 año escolar. El proyecto de ley tiene una fecha de entrada en vigor aplazada al 1 de julio de 2023.
HB547 - Hudson; VEA APOYA. Este proyecto de ley requiere que el Departamento desarrolle y mantenga un plan estratégico a nivel estatal para reclutar y retener a los patólogos del habla y el lenguaje que, como mínimo, (i) analice los datos para determinar las necesidades específicas de personal de las divisiones escolares locales de forma continua; (ii) evalúe la eficacia potencial de las estrategias para abordar los desafíos de contratación y retención, incluida la asistencia para la matrícula, la remuneración diferenciada para los patólogos del habla y el lenguaje, y la expansión de las tutorías para patólogos del habla y el lenguaje; y (iii) estime los costes de implementación de cada una de estas estrategias, incluida la medida en que los fondos federales podrían utilizarse para apoyar la implementación. El proyecto de ley también ordena al Departamento de Educación y la Junta de Educación, en consulta con cada consejo escolar local, a (a) examinar los casos y la remuneración de los patólogos del habla y el lenguaje en cada división escolar local, (b) comparar los casos y la remuneración a los de los patólogos del habla y el lenguaje en los estados contiguos, y (c) hacer recomendaciones al Gobernador y la Asamblea General a más tardar el 1 de noviembre de 2022.
HB587 - Roem; VEA APOYA. Este proyecto de ley requiere que cada escuela pública primaria o secundaria para procesar cada solicitud basada en la web o en papel para la participación en el Programa de Desayuno Escolar o el Programa Nacional de Almuerzos Escolares administrado por el Departamento de Agricultura de EE.UU. dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la solicitud.
HB649 - Carr; VEA NO TIENE POSICIÓN. Este proyecto de ley requiere que el Departamento de Educación, en coordinación con el Departamento de Sordos y Hipoacúsicos, (i) seleccionar, con el aporte de un comité asesor que el proyecto de ley establece, los hitos del desarrollo del lenguaje e incluir esos hitos en un recurso para uso de los padres de un niño desde el nacimiento hasta los cinco años de edadque es identificado como sordo o con problemas de audición para supervisar y realizar un seguimiento de la adquisición del lenguaje expresivo y receptivo de su hijo y las etapas de desarrollo hacia la alfabetización Inglés, (ii) difundir dicho recurso a dichos padres; (iii) seleccionar herramientas o evaluaciones existentes para que los educadores las utilicen en la evaluación del desarrollo del lenguaje y la alfabetización de los niños sordos o con dificultades auditivas desde el nacimiento hasta los cinco años; (iv) difundir dichas herramientas o evaluaciones a las agencias educativas locales y proporcionar materiales y formación sobre su uso; y (v) elaborar anualmente un informe que compare el desarrollo del lenguaje y la alfabetización de los niños sordos o con dificultades auditivas desde el nacimiento hasta los cinco años con el desarrollo del lenguaje y la alfabetización de sus compañeros que no son sordos o con dificultades auditivas y poner dicho informe a disposición del público en su sitio web.
HB650 - Kory; VEA APOYA. Este proyecto de ley requiere una junta escolar para demostrar de antemano que la consolidación de las escuelas, la redistribución de los límites de la escuela, o la adopción de un plan de asignación de alumnos mantendrá o aumentará el acceso equitativo de los estudiantes a los programas académicos avanzados.
HB688 - Kory; VEA NO TIENE POSICIÓN. Este proyecto de ley requiere que cada junta escolar para desarrollar y publicar o poner a disposición del público una lista de tarifas que rigen los cargos por la liberación de los registros públicos para ser utilizado por cada escuela dentro de su división escolar al responder a las solicitudes de registros públicos en virtud de la Libertad de Virginia de la Ley de Información. El proyecto de ley exige que dicho baremo se base en la estimación más reciente de los costes totales incurridos por cada centro escolar dentro de la división de un consejo escolar para acceder, duplicar, suministrar o buscar los registros públicos solicitados. Por último, el proyecto de ley establece que el consejo escolar revisará y actualizará la lista de tarifas al menos una vez al año.
HB741 - Bell; VEA APOYA. Este proyecto de ley requiere que cada junta escolar local, como parte de cada auditoría anual de seguridad escolar, cree un plano detallado y preciso para cada edificio escolar público en la división escolar local o certifique que el plano existente para cada escuela es lo suficientemente detallado y preciso, pero establece que dicho plano puede ser retenido de la divulgación pública.
HB863 - Reid; VEA APOYA. Este proyecto de ley requiere que las autoridades policiales locales para informar por escrito, y el director o su designado y el superintendente de la división para recibir cada uno de esos informes, sobre (i) cualquier sospecha de delito, delito por el que cualquier cargo ha sido presentado, o delito que está sujeto a investigación, que haya sido cometido por un alumno matriculado en la escuela si el delito fuera un delito grave si lo cometiera un adulto o fuera una violación de la Ley de Control de Drogas y ocurriera en un autobús escolar, en las instalaciones de la escuela o en una actividad patrocinada por la escuela, o fuera un delito menor de adultos que implicara ciertos incidentes enumerados, y (ii) si el alumno es puesto en libertad bajo la custodia de sus padres o, si tiene 18 años o más, es puesto en libertad bajo fianza. La ley actual no exige que dichos informes se presenten por escrito y sólo se aplica a las infracciones cometidas por estudiantes, pero no especifica si es obligatorio presentar dichos informes en el caso de infracciones cometidas por estudiantes que sean sospechosas, estén imputadas o sean objeto de investigación.
HB1034 - Ransone; VEA SE OPONE. Este proyecto de ley requiere que el Departamento de Educación para desarrollar y cada consejo escolar local para adherirse a las directrices para la prestación de servicios de asesoramiento en las escuelas públicas, que incluirá (i) las disposiciones para el consentimiento de los padres, la notificación por escrito a los padres, la participación de los padres, en su caso, y la confidencialidad, (ii) los procedimientos por los cuales un padre puede limitar o prohibir la participación de su hijo, (iii) las excepciones adecuadas a los procedimientos por los cuales un padre puede limitar o prohibir la participación de su hijo, tales como la necesidad inminente, la salud o la seguridad o el mantenimiento del orden en la escuela, y (iv) cualquier otra disposición que se considere necesario por el Departamento.
HB1352 - Bell; VEA APOYA. Prohíbe a cualquier escuela primaria o secundaria privada de tomar represalias de cualquier manera contra cualquier persona que de buena fe informa de abuso infantil o negligencia como lo ordena la ley pertinente.
HB486 - Subramanyam; VEA NO TIENE POSICIÓN. Requiere que el Thomas JeffersonHigh School de Ciencia y Tecnología año académico Escuela del Gobernador en el condado de Fairfax para admitir anualmente para la inscripción por primera vez como estudiantes de primer año por lo menos 100 estudiantes que residen en la división escolar del condado de Loudoun.
HB789 - LaRock; VEA NO TIENE POSICIÓN. Prohíbe a cualquier estudiante de escuela pública primaria o secundaria de participar en cualquier programa de educación para la vida familiar sin el consentimiento previo por escrito de sus padres. El proyecto de ley requiere que el resumen que se requiere para ser publicado y distribuido a los padres para cada programa de este tipo para incluir información de contacto de la persona u oficina responsable de mantener los materiales impresos y audiovisuales del programa.
HB844 - López; VEA APOYA. Requiere que la organización que rige las actividades atléticas y académicas de la escuela secundaria para las escuelas secundarias públicas y no públicas sin internado aprobadas (la organización), con los fondos que puedan ser asignados por la Asamblea General para tal fin de conformidad con la ley general de asignación, para desarrollar (i) reglas y normas para la prevención de desigualdades que impliquen el uso de discursos de odio o expresiones étnica o racialmente insensibles durante competiciones atléticas y académicas patrocinadas por las escuelas miembros de la organización, (ii) procedimientos para la aplicación y sanciones por la violación de dichas reglas y normas, y (iii) materiales de formación sobre dichas reglas y normas. El proyecto de ley exige que cada escuela miembro de la organización acate y aplique dichas reglas, normas, procedimientos y sanciones y garantice que cada estudiante que vaya a participar en competiciones atléticas o académicas interescolares de secundaria, el padre de cada uno de dichos estudiantes y cada persona, remunerada o no, que entrene a un equipo que vaya a participar en competiciones atléticas o académicas interescolares de secundaria reciba y revise dichos materiales de formación. El proyecto de ley requiere que la organización haga parte del proceso para convertirse en un funcionario registrado en buen estado para cualquier asociación que ofrece servicios a la organización de un requisito de educación y formación que sea coherente con los materiales de formación desarrollados por la organización. El proyecto de ley tiene una fecha de entrada en vigor aplazada hasta el 1 de enero de 2023.
HB988 - Wyatt; VEA SE OPONE. Elimina el requisito de que cada consejo escolar adopte políticas que sean coherentes con las políticas modelo desarrolladas por el Departamento de Educación en relación con el tratamiento de los estudiantes transgénero en las escuelas públicas primarias y secundarias. El proyecto de ley también elimina el requisito de que dichas políticas modelo incluyan información, orientación, procedimientos y normas relacionadas con el uso de las instalaciones escolares, requiere que el Departamento modifique sus políticas modelo para eliminar dicha información, orientación, procedimientos o normas, y requiere que el Departamento ponga dichas políticas modelo modificadas a disposición de cada consejo escolar a más tardar al comienzo del año escolar 2022-2023.
HB1005 - Guzman; VEA APOYA. Declara que un maestro de escuela pública empleado después de completar el período de prueba tiene derecho a un contrato continuo por el cual el contrato continúa en vigor para el año siguiente de conformidad con las estipulaciones salariales locales, incluidos los incrementos, siempre que, sin embargo, dicho maestro puede ser despedido por cualquier causa establecida en la ley pertinente y de conformidad con los procedimientos establecidos en la ley pertinente. La ley actual declara que cualquiera de estos profesores tiene derecho a un contrato continuo mientras mantenga una buena conducta y un servicio competente. El proyecto de ley exige que un profesor de un centro público que desee renunciar a un contrato continuo (i) para el curso escolar siguiente notifique por escrito su renuncia antes del 15 de junio del curso escolar en curso o (ii) en vigor para el curso escolar en curso o para el curso escolar siguiente después del 15 de junio del curso escolar en curso, solicite la rescisión del contrato con al menos dos semanas de antelación a la fecha prevista de renuncia y exige que dicha solicitud se realice por escrito y exponga la causa de la renuncia. La ley actual exige que cualquiera de las partes notifique por escrito la no continuación de un contrato continuo antes del 15 de junio de cada año y permite a un profesor dimitir después del 15 de junio de cualquier año escolar con la aprobación del consejo escolar local o, previa autorización del consejo escolar, con la aprobación del superintendente de división si el profesor solicita la liberación del contrato por escrito al menos dos semanas antes de la fecha prevista de dimisión y expone la causa de la dimisión. El proyecto de ley también establece que si el consejo escolar no ha autorizado al superintendente de la división a aprobar las renuncias de los profesores con contratos en vigor, el consejo escolar decidirá si acepta o rechaza la renuncia de dicho profesor.
HB1023 - Guzmán; VEA APOYA. Permite que cualquier currículo de educación para la vida familiar ofrecido por una división escolar local antes de la escuela secundaria incorpore elementos apropiados para la edad de programas efectivos y basados en evidencia sobre la prevención, reconocimiento y concientización del tráfico humano de niños.
HB1026 - Guzmán; VEA APOYA. Requiere que el Superintendente de Instrucción Pública establezca y nombre no más de 12 miembros para el Consejo Asesor de Ciudadanía Digital, Seguridad en Internet y Alfabetización Mediática (el Consejo), incluyendo al menos uno de cada uno de los siguientes: maestro, bibliotecario, representante de una organización de padres y maestros que sea padre de un niño en edad escolar, administrador escolar e individuo con experiencia en ciudadanía digital, seguridad en Internet y alfabetización mediática. El proyecto de ley requiere que el Consejo (i) desarrolle y recomiende al Consejo de Educación para su adopción una política modelo para los consejos escolares locales que permita a dichos consejos escolares apoyar mejor la ciudadanía digital, la seguridad en Internet y la alfabetización mediática de todos los estudiantes en la división escolar local; (ii) desarrolle y recomiende al Consejo para su adopción prácticas educativas modelo para el uso seguro, ético y responsable de los medios de comunicación y la tecnología por parte de los estudiantes en las escuelas públicas de primaria y secundaria; (iii) diseñar y publicar en el sitio web del Departamento de Educación una página con enlaces a prácticas de instrucción exitosas, planes de estudio y otros recursos para maestros utilizados en las divisiones escolares dentro y fuera de la Commonwealth para el uso seguro, ético y responsable de los medios de comunicación y la tecnología por parte de estudiantes y maestros; y (iv) presentar un informe de sus conclusiones a los Presidentes de la Comisión de Educación de la Cámara y la Comisión de Educación y Salud del Senado a más tardar el 31 de octubre de 2023. El proyecto de ley expira el 1 de julio de 2024.
HB1093 - Batten; VEA SE OPONE. Requiere que la evaluación de cada maestro y director de escuela pública y superintendente de división incluya una evaluación de competencia cultural si la junta escolar local pertinente ha adoptado e implementado políticas para requerir capacitación en competencia cultural. En virtud de la legislación vigente, dicha evaluación de la competencia cultural es obligatoria y no está condicionada a ninguna acción del consejo escolar local. El proyecto de ley permite que cualquier junta escolar adopte e implemente políticas que requieran que cada maestro y cualquier otro empleado de la junta escolar que tenga una licencia emitida por la Junta de Educación complete la capacitación en competencia cultural, de acuerdo con la orientación emitida por la Junta de Educación, al menos cada dos años, pero sólo después de proporcionar un aviso por escrito con 30 días de anticipación y celebrar una audiencia pública con respecto a la adopción e implementación de dichas políticas. La ley actual exige dicha formación en competencia cultural y no prevé dicha notificación y audiencia pública.
HB1110 - Maldonado; VEA APOYA. Requiere que cada procedimiento de queja de la junta escolar local para los empleados de la junta escolar, excepto el superintendente de división, directores, subdirectores, maestros, supervisores y otros empleados que deben ser autorizados por la Junta de Educación, para ofrecer un método oportuno y justo de la resolución de las controversias que surjan entre la junta escolar y los empleados antes del despido u otras medidas disciplinarias, con exclusión de la suspensión. La ley actual requiere que dichos procedimientos de queja ofrezcan un método oportuno y justo de resolución de disputas que surjan entre la junta escolar y dichos empleados en relación con, pero no antes de, el despido u otras acciones disciplinarias, excluyendo las suspensiones.
HB1129 - Taylor; VEA SE OPONE. Requiere que cada junta escolar local requiera que sus escuelas colaboren plenamente con el jefe de policía de la localidad o su designado al realizar auditorías de seguridad escolar requeridas. Bajo la ley actual, el superintendente de la división está obligado a poner los resultados de dichas auditorías a disposición del jefe de la policía a petición, y su aprobación no es necesaria. El proyecto de ley también exige que la lista de comprobación de la inspección se complete utilizando la lista de comprobación estandarizada proporcionada por el Centro de Seguridad Escolar y del Campus de Virginia y se ponga a disposición del jefe de las fuerzas del orden de la localidad o de la persona que éste designe. La ley actual exige que la lista de control completada se ponga a disposición del jefe de las fuerzas del orden o de la persona que éste designe, previa solicitud.
HB1184 - Guzman; VEA APOYA. Requiere que se proporcionen fondos estatales para apoyar nuevas proporciones en toda la división de estudiantes aprendices de inglés en la membresía diaria promedio a puestos docentes equivalentes a tiempo completo, de la siguiente manera: (i) para cada aprendiz de inglés identificado como nivel de competencia uno, un puesto por cada 25 estudiantes; (ii) para cada aprendiz de inglés identificado como nivel de competencia dos, un puesto por cada 30 estudiantes; (iii) para cada aprendiz de inglés identificado como nivel de competencia tres, un puesto por cada 40 estudiantes; y (iv) para todos los demás aprendices de inglés, un puesto por cada 50 estudiantes.
HB1188 - Davis; VEA NO TIENE POSICIÓN. Requiere que el Gobernador de nombrar a la Junta de Educación de un estudiante de secundaria que entrará en su último año durante el siguiente año escolar como consejero de los estudiantes sin derecho a voto para servir por un período de un año. El proyecto de ley establece que no hay tales estudiantes elegibles para ser designados de nuevo.
Según el Instituto de Política Económica, los profesores de Virginia ganan 67 céntimos por dólar en comparación con otros trabajadores (no docentes) con estudios universitarios. La penalización salarial de los docentes de Virginia es la peor del país.
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